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Política de implicación

Declaración en relación con la política de implicación de conformidad con lo establecido en el artículo 67.bis de la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado (la “Ley 22/2014”)

De conformidad con lo establecido en la Directiva 2017/828/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de mayo de 2017 por la que se modifica la Directiva 2007/36/CE en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas (la “Directiva 2017/828”) y su trasposición en España mediante la modificación de la Ley 22/2014, las SGEIC tienen obligación de publicar en su sitio web:

(i) una política de implicación que describa cómo integran la implicación en su política de inversión en caso de inversiones por cuenta de las ECR y EICC gestionadas en acciones admitidas a negociación en un mercado regulado que esté situado u opere en un Estado miembro; así como un informe con carácter anual sobre cómo ha aplicado dicha política de implicación; o bien

(ii) publicar una explicación clara y razonada de por qué no lo ha hecho.

En este sentido, Corpfin Capital Asesores, S.A., S.G.E.I.C. (“Corpfin”) al entender que las obligaciones recogidas en el artículo 67 bis de la Ley 22/2014, no le son de aplicación en lo relativo al desarrollo y publicidad de una política de implicación, ha optado por no elaborar una política de implicación y, por tanto, no elaborar el informe anual, por las razones que se exponen a continuación:

  1. De conformidad con el artículo 9 de la Ley 22/2014 y con los respectivos reglamentos de gestión de las entidades de capital riesgo (“ERC”) gestionadas por Corpfin, la política de inversión de las ECR gestionadas por Corpfin se centra en la toma de participaciones temporales en el capital de empresas de naturaleza no inmobiliaria ni financiera que, en el momento de la toma de participación, no coticen en el primer mercado de bolsas de valores o en cualquier otro mercado regulado equivalente de la Unión Europea o del resto de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos.
  2. Consecuentemente, a fecha de la presente declaración, ninguna de las ECR gestionadas por Corpfin tienen participaciones en sociedades cuyas acciones estén admitidas a negociación en un mercado regulado situado o que opere en un Estado Miembro de la Unión Europea.
  3. No está previsto que la situación expuesta en la razón segunda vaya a cambiar en el corto o medio plazo.
  4. A la fecha de la presente declaración, Corpfin no ha llegado a acuerdos de prestación de servicios de gestión de activos con entidades aseguradoras o planes y fondos de pensiones.

Sin perjuicio de lo anterior, Corpfin, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 16, 59.1d) y 61 de la Ley 22/2014, tiene aprobada una política de prevención y gestión de conflictos de interés aplicable a todas aquellas inversiones que la Sociedad Gestora haga por cuenta de sus entidades gestionadas, y que se encuentra debidamente publicada en la página web de la Sociedad Gestora en el apartado de “Gestión Responsable” (https://www.corpfincapital.com/gestion-responsable/).

Asimismo, y en relación con la estrategia para el ejercicio de derechos de voto a la que se refiere el artículo 37 del Reglamento Delegado (UE) 231/2013 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2012, Corpfin, de conformidad con sus criterios de inversión y las políticas de inversión establecidas para las entidades que gestiona, implementa estrategias idóneas y efectivas para determinar el sentido del voto en sus sociedades participadas, delimitando el ámbito de actuación de sus representantes y estableciendo requisitos concretos que han sido instaurados con el objetivo de beneficiar y favorecer la rentabilidad y eficiencia de las inversiones de entidades gestionadas y, por ende, de los inversores de las mismas.

En todo caso, la presente declaración, y por tanto la decisión de Corpfin acerca del diseño y aplicación de la política de implicación y de sus informes anuales, está sujeta a revisión, actualización o modificaciones por evolución en la normativa aplicable o en las políticas de inversión de las ERC bajo su gestión.

En Madrid, a 12 de julio de 2023
CORPFIN CAPITAL ASESORES, S.A., S.G.E.I.C.